Ante amenazas de sequía debe impulsarse la Gestión de la Huella Hídrica por Giovanni Tobar

El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA) reporto que la sequía el año anterior causo serios daños en cultivos en más de la mitad de los municipios del país, impactando a más de 300 mil familias, reportando que en total se perdieron más de 180 mil hectáreas de cultivo.

Según informes, desde 2015 Guatemala ha sido impactado por el fenómeno del niño, por lo cual no sería raro que este año vuelva a ser un fenómeno recurrente, la consulta es como nos estamos anticipando como Estado a sus efectos.

En este sentido toman importancia conceptos como el de la huella hídrica, como un indicador alternativo en el uso del agua, que se encuentra contenido el la norma ISO 14046:2014 “Gestión Ambiental de la Huella Hídrica”

Esta norma se basa en la evaluación del ciclo de vida de los productos e identifica el potencial de los impactos ambientales relacionados con la utilización del agua, los cambios en la calidad de esta luego de su utilización unificando conceptos para su utilización en empresas, procesos y producto.

La huella hídrica muestra volúmenes de uso y contaminación sea a través del consumo directo cuando se le utiliza en la fabricación de un producto incluyendo el agua utilizada y/o contaminada durante este proceso de fabricación y el agua incorporada en el propio producto como ingrediente.  Así mismo el consumo indirecto que corresponde a toda el agua necesaria para producir diferentes materias primas utilizadas en todo el proceso y la cadena de suministro.

En países desarrollados esta norma es de gran aplicación tanto por organizaciones como por municipalidades e incluso el gobierno central, pues la misma sirve para establecer los balances hídricos, así como determinar los volúmenes de esta con sus respectivos niveles de contaminación y su forma de tratamiento.

Mientras tanto en Guatemala no obstante se garantiza en la misma Constitución Política de la República el uso y goce de este bien natural, la cantidad de intereses creados ha derivado que nuestro país carezca de normas y mecanismos para la gestión, integral, eficiente y sostenible de los recursos hídricos del país.

Merece la  pena ponderar que Guatemala cuenta con una gran riqueza hídrica al ser bañado por 38 cuencas hidrográficas que conforman una red de 27,000 km. Lineales con un volumen de correntía estimado en más de 93,390 millones de m3 anuales.  Este es suficiente caudal para satisfacer todas las necesidades de agua para el consumo humano, para la agricultura, para producir energía y para el desarrollo agroindustrial. Sin embargo, se estima que solo el diez por ciento es aprovechado en todos los sentidos. El resto fluye con grandes niveles de contaminación, hacia, El Salvador, México, Belice, Honduras y hacia ambos mares.

Pese a esta riqueza hídrica, como el uso del agua es arbitrario y anárquico, el país sufre de stress hídrico absurdo en todos los órdenes, porque agua sobra, pero no existe una gestión integral del recurso.  Por décadas se ha estado inmerso en el debate sobre la importante necesidad de regular el uso del recurso hídrico, sin embargo la falta de normativa y un adecuado manejo y gestión integral del recurso, ha llevado al uso y abuso por parte de algunos, y  a la escases o carencia del vital líquido para una gran parte de la población guatemalteca.

En función de lo anterior es necesario que los grandes usuarios del agua en este caso, el sector agrícola, ganadero industrial y textil que suman más del 80% del uso total del agua en Guatemala, realicen una gestión ambiental de su huella hídrica, ya que no están pagando por el uso de este bien, al menos que lo devuelvan limpio a los ecosistemas.

La norma ISO 14046:2014, es una excelente herramienta, como lo es también los sistemas de producción más limpia que por años se han venido desarrollando con éxito en muchos países y algunas empresas ambientalmente responsables de Guatemala.  Iniciativas como esta deben impulsarse desde los diversos ámbitos del Estado para garantizar lo establecido en la Resolución 64/292 de la Asamblea General de las Naciones unidas en la cual se reconoce explícitamente El derecho Humano al Agua y al Saneamiento, reafirmando que un agua potable limpia y el saneamiento son esenciales para la realización de todos los Derechos Humanos.

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